Confirmado: el Estatuto de los Trabajadores reconoce el derecho a la protección frente al acoso laboral
En muchos centros de trabajo se han normalizado conductas que nunca deberían tolerarse: gritos delante de compañeros, bromas humillantes, aislamiento social, insultos o exclusiones deliberadas de actividades de equipo. Este tipo de comportamientos, aunque a veces se disfrazan de “carácter” o “dinámicas internas”, constituyen acoso psicológico o verbal y pueden deteriorar gravemente la salud emocional y el rendimiento de quien los sufre.
El Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 4.2...