Un principio fundamental del que depende la eficacia del juicio de amparo, éste que tan profundo arraigo tiene en nuestra sociedad, se denomina “Principio de Relatividad de las Sentencias”. En suma, significa que, cuando un Tribunal declara la inconstitucionalidad de una ley, con todos los efectos de la sentencia que van implícitos, solamente beneficiarán a la persona que lo hubiera promovido. Los amparos contra leyes no pueden tener efectos generales.
El principio es lógico y tuvo una razón histórica de ser.