El Tribunal Supremo ha comunicado este lunes que colocar la bandera LGTBI en edificios públicos el Día del Orgullo (28 de junio) no infringe la ley por la que se regula el uso de la bandera de España y de otras banderas, ni los principios de objetividad y de neutralidad de las Administraciones públicas, al entender que la bandera arcoíris no es un símbolo partidista.
Las denuncias. El Supremo se ha pronunciado sobre dos recursos de casación deliberados el pasado 19 de noviembre: