Hasta ahora había disparidad de criterio en los tribunales, pero el reciente pronunciamiento del Tribunal Supremo sobre el stealthing unifica doctrina: es un delito sexual. La decisión no se basa ni en el engaño llevado a cabo con la conducta (el agresor le hizo creer a la víctima que sí se había puesto el preservativo) ni en las consecuencias (la transmisión de una infección que padecía el agresor), sino en que se trata de un “contacto corporal distinto”, como explica el jurista y abogado Saúl Castro.