La Justicia deja claro que las vacaciones no pausan el periodo de prueba a no ser que se firme un pacto expreso
El inicio de una relación laboral siempre conlleva un periodo de adaptación donde ambas partes evalúan su afinidad profesional. En la primavera del año 2022, un despacho de abogados contrató a una nueva letrada bajo la condición habitual de superar un lapso de prueba de seis meses.
Durante la firma del acuerdo laboral, los responsables del bufete y la recién incorporada pactaron una condición especial para el verano qye estipulaba que la empleada disfrutaría de la totalidad del mes de agosto como tiempo de vacaciones remuneradas.