La complejidad del caso encontró ciertos vacíos morales que la justicia no recogía en la legislación, así que, un juzgado en un primer momento denegó el derecho de la prestación a la mujer. Esto se debe a las características que recogía el fatídico caso que supuso la muerte del marido. Este perdió la vida en un accidente, en ese preciso instante, el sujeto se encontraba en una situación de excedencia laboral de tres meses y tan solo quedaban ocho días para que retomara sus funciones en la empresa, es decir, para cumplir el plazo estipulado.